EFE
San José, Costa Rica
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) publicó hoy una sentencia en la que declara culpable al Estado dominicano por la violación de varios derechos en deportaciones efectuadas entre 1999 y 2000.

La Corte encontró culpable a República Dominicana por violaciones a los derechos de identidad, igualdad ante la ley, libertad personal, garantías judiciales, protección judicial, a la familia, a la dignidad, así como una infracción a la prohibición de expulsión colectiva de extranjeros.

Los hechos ocurrieron entre 1999 y 2000 cuando el Estado detuvo y expulsó del país hacia Haití de manera arbitraria a 27 personas, 22 de las cuales eran dominicanas y cinco haitianos, entre quienes había niños, quienes vivían en República Dominicana.

«La Corte determinó la existencia, al menos durante un período cercano a una década a partir de 1990, de un patrón sistemático de expulsiones, inclusive mediante actos colectivos, de haitianos y personas de ascendencia haitiana, que obedece a una concepción discriminatoria», indica un comunicado del tribunal.

En el fallo, los jueces aseguran que los documentos de identidad oficiales de algunas de las víctimas fueron destruidos o desconocidos por las autoridades estatales al momento de la expulsión, mientras que otras de las personas no tenían documentos.

«La Corte determinó que para la época de los hechos en República Dominicana las personas haitianas y de ascendencia haitiana comúnmente se encontraban indocumentadas y en situación de pobreza, y sufrían con frecuencia tratos peyorativos o discriminatorios, inclusive por parte de autoridades», agregó el tribunal.

En la sentencia, los jueces ordenaron a República Dominicana adoptar las medidas necesarias en un plazo de seis meses, para que Willian Medina, Awilda Medina y Luis Ney Medina cuenten con la documentación necesaria para acreditar su identidad y nacionalidad dominicana.

El Estado también deberá realizar los trámites para que Víctor Jean, Miguel Jean, Victoria Jean y Natalie Jean sean debidamente registrados y cuenten con la documentación necesaria para acreditar su identidad y nacionalidad dominicanas.

Además, debe garantizar que Marlene Mesidor pueda residir o permanecer en forma regular en el territorio de República Dominicana.

La sentencia obliga a República Dominica a capacitar a sus funcionarios para que no realicen deportaciones colectivas de forma arbitraria y para que «los perfiles raciales no constituyan, de ningún modo, el motivo para realizar una detención o expulsión».

Además, el fallo señala que el Estado debe «regular un procedimiento de inscripción de nacimiento que debe ser accesible y sencillo, de modo de asegurar que todas las personas nacidas en su territorio puedan ser inscritas inmediatamente después de su nacimiento independientemente de su ascendencia u origen y de la situación migratoria de sus padres».

La CorteIDH, que tiene su sede en Costa Rica, es parte de la Organización de Estados Americanos (OEA), y sus fallos son de acatamiento obligatorio.

Dejanos tu comentario