Santo Domingo,
La Primera Sala del Tribunal de Tierras de la Jurisdicción Original declaró nulos los trabajos de deslinde realizados dentro del ámbito de varias parcelas localizadas dentro de los límites del Parque Nacional Jaragua.

El tribunal tomó la decisión, tras acoger las conclusiones presentadas por el Estado dominicano, debidamente representado por el procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, y el abogado del Estado por ante la jurisdicción inmobiliaria, Gedeón Platón Bautista Liriano.

Al pedimento también se sumo la Dirección General de Bienes Nacionales; los ministerios de Medio Ambiente, y Turismo; y el Instituto Agrario Dominicano, y de los abogados particulares Laura Acosta Lora, Manuel de Jesús Cáceres Genao, Samuel Ramia Sánchez, Gustavo Biaggi Pumarol y Blas Minaya, quienes representan al Estado dominicano.

En la sentencia, el tribunal rechazó el pedimento presentado por Manuel de Jesús Carvajal Sánchez, por conducto de su abogado Héctor Rafael Tapia Acosta, hecho en contra del agrimensor Luciano Martínez, referente a los inmuebles descritos como 215-B-3, 215-B-3-, 215-B-3-C 215-B-3-D 215-B-3-E, 215-B-3-F, 215-B-3-G y 215-B-3-H del Distrito Castratal No. 4, localizados en el municipio Enriquillo, provincia Barahona.

También ordenó al registrador de títulos de Barahona proceder a la cancelación de los asientos registrados derivados de los trabajos de deslinde practicados dentro de la parcela número 215-B-3, del Distrito Catastral número 3, del municipio de Enriquillo, provincia Barahona.

Con esto devuelve vigencia al certificado de títulos númro 42 que amparaba los derechos de propiedad sobre una porción de terrenos dentro de la parcela 215-B-3 del indicado distrito catastral, a favor del Estado dominicano.

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