Santo Domingo, RD.- El Consejo Nacional de Empresas de Seguridad (Conades) aplaude la decisión del Tribunal Constitucional, que declaró como inconstitucional el artículo 14, numeral 2, literal F, de la Ley 631-16, de Porte y Tenencia de Armas de Fuego.

De igual manera, Conades agradece a Katia Salomón, directora ejecutiva de la Asociación Dominicana de Empresas de Seguridad (Adesinc) por el esfuerzo realizado para la nulidad, por no estar conforme con la Constitución.

Con la anulación de este requisito que exige una edad mínima de 30 años para que el Ministerio de Interior y Policía pueda emitir las licencia la tenencia y porte de armas de fuego a personas físicas, así como aquellos que puedan tener asignada un arma, propiedad de una persona jurídica dedicadas a prestar servicio a la Seguridad Privada.

“Con la nulidad de esta medida podemos darles la oportunidad a los jóvenes de un primer empleo, donde podrán desarrollarse y sustentarse”, expresa el Lic. Aurelio Pérez, presidente de Conades.

Así mismo, expresó que ellos reafirman el compromiso no solo de la oportunidad insertarse en una actividad productiva, sino también de capacitarlos y motivarlos a construir una mejor sociedad.

El sector de la seguridad privada proporciona alrededor de 126 MM horas de vigilancia y es parte del sustento de las familias de los 36,000 vigilantes de seguridad que, con su arduo trabajo, contribuyen a la seguridad ciudadana.

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