Intervienen cabildo de San Cristóbal
La Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) intervino ayer al ayuntamiento de San Cristóbal por presunto fraude millonario detectado en la gestión del alcalde Raúl Mondesí.
Así lo informó la directora del departamento, Laura Guerrero Pelletier, quien dijo que el cabildo fue intervenido luego de varias denuncias de ciudadanos y de medios de comunicación, así como los avances preliminares de una auditoría realizada por la Cámara de Cuentas.
Informó que intervinieron la alcaldía a los fines de capturar documentos que pudieran ser relevantes para la investigación y posible proceso penal, tras precisar que en la alcaldía hay inspectores, analistas financieros, fiscales adjuntos y varios militares. Señaló que no tienen estimado el monto de las presuntas irregularidades y que en la auditoría realizada por la Cámara de Cuentas y remitida al organismo, se detectaron gastos en combustibles, contrataciones de compañías y vehículos que no han sido vistos, entre otras irregularidades.
El 16 de mayo de 2010 Mondesí fue elegido alcalde del municipio San Cristóbal para un mandato de seis años.
En abril de 2011, el alcalde fue acusado de malversación de fondos por más de RD$93 millones en los primeros ocho meses de su gestión, por el exsíndico José Montás.
Empero, Mondesí salió en su defensa alegando que “es deprimente recordar cómo encontré el Ayuntamiento, todo estaba desfalcado, y una millonaria deuda que dejó José Montás, la cual estoy pagando poco a poco”. Mondesí contraacusó a Montás y lo emplazó a presentar pruebas. La Cámara de Cuentas entregó a la PEPCA, las auditorías de más de 45 ayuntamientos que violaron distintas leyes en perjuicio del Estado. Entre las violaciones están uso de recursos del Estado de forma irregular; falta de soporte de gastos; suscripción de contratos con el Estado que implica privilegio oficial en su provecho.
También violación de la Ley de Compras y Contrataciones; así como el incumplimiento de la Ley de Función Pública 41-08 con la designación de familiares y allegados.