SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Las instituciones de Gobierno Central, los ayuntamientos y las entidades descentralizadas y autónomas del Estado dominicano cometen el delito de evasión de impuesto todos los años, sin que ninguna autoridad les reclame, las someta ni las obligue a cumplir la ley.

En promedio, en los últimos años, esas entidades estatales, han cobrado, retenido y dejado de reportar a la Dirección General de Impuestos Internos más de 2 mil 300 millones de pesos cada año.

Los datos están consignados en más de 70 auditorías realizadas por la Cámara de Cuentas de la República (CCR). Las auditorías abarcan desde 2004 a 2014, es decir un período de 10 años.

Recientemente la DGII anunció que tomaría medidas para presionar a todas las instituciones del Gobierno Central y del sector Descentralizado y Autónomo del Estado Dominicano a observar las obligaciones que establece el sistema tributario dominicano y cumplir con sus responsabilidades fiscales ante la administración pública.

La resolución 41-2014, emitida recientemente por la DGIII, con la finalidad de poner fin a la evasión en el Estado, establece que las entidades estatales que adquieran bienes y servicios gravados por ITBIS deberán de cobrar el gravamen al suplidor y fungir como agentes de retención en los casos en que aplique, conforme la normativa vigente

Para lograr ese objetivo, la DGII tendrá que aplicar sanciones y penalidades jurídicas contempladas en la Ley 11-92 contra los funcionarios que administran fondos públicos y que no reportan las retenciones fiscales al organismo recaudador.

Según los informes de auditorías de la CCR, muchos ministerios y direcciones generales no aplican las deducciones del Impuesto Sobre la Renta a los pagos por concepto de salarios e incentivos económicos a sus funcionarios y empleados.

Tampoco reportan a tiempo las retenciones del ITEBIS en las compras de bienes y servicios a suplidores, y en muchos casos ni siquiera las aplican, perjudicando al Estado con cientos de millones de pesos.

Las auditorias han confirmado que numerosas instituciones del Gobierno Central y del sector Descentralizado y Autónomo del Estado Dominicano, no realizan correctamente el cálculo, presentación y pago de las retenciones del Impuesto sobre la Renta de sus funcionarios y empleados, por no sumar al sueldo base los incentivos adicionales pagado en efectivo, y otros ingresos.

Incluso la administración de Justicia viola la ley

Uno de los hallazgos de la Cámara de Cuentas es que el Poder Judicial aplicó cálculos “erróneos” en relación con el Impuesto Sobre la Renta que debe pagar su personal por concepto de ingresos y compensaciones por 103 millones 555 mil 321 pesos durante el periodo 2008 hasta el 2012. Esos “errores” perjudicaron al Estado, que dejó de percibir dineros que irían a los fondos generales y que el Gobierno pudo haber utilizado en las diversas áreas de la administración pública.

Los mayores evasores del Impuestos Sobre la Renta, según los informes de la Cámara de Cuentas, son los ayuntamientos y juntas municipales, los cuales aplican las retenciones en los sueldos, compras y ejecución de obras y servicios pero nunca entregan el dinero correspondiente a la DGII.

En 2010, los cabildos auditados dejaron de reportar más de 500 millones de pesos a la Dirección General de Impuestos Internos, y acumulan una deuda por evasión que supera los 700 millones de pesos, documentados en los informe de la CCR.

Sólo por las compras que se hacen desde el Estado a suplidores informales, el fisco deja de recibir cientos de millones de pesos cada año. Esos suplidores informales carecen de facturas con número de comprobante fiscal (NCF) y en muchos casos no figuran como suplidores debidamente registrados y autorizados.

Las investigaciones de la Cámara de Cuentas han detectado, además, que los hospitales del gobierno evaden cada año decenas de millones de pesos, al no aplicar el ITEBIS a las compañías suplidoras y en muchos casos las aplican pero no las reportan al fisco.

Tampoco hace las deducciones de los pagos por sobresueldos, incentivos y gastos de representación de sus funcionarios, conforme a las investigaciones oficiales.

Dura tarea que le espera a la DGIII

La resolución 41-2014, emitida recientemente por la DGIII, con la finalidad de poner fin a la evasión en el Estado, establece que las entidades estatales que adquieran bienes y servicios gravados por ITBIS deberán de cobrar el gravamen al suplidor y fungir como agentes de retención en los casos en que aplique, conforme la normativa vigente.

También advirtió que las entidades públicas deberán de realizar la declaración del ITBIS y pagarlo a la DGII en las formas y plazos establecidos.

Una de las auditorías de la Cámara de Cuentas puso como ejemplo que el periodo febrero de 2004 hasta agosto de 2008, en Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA) realizó retenciones de Impuestos Sobre la Renta (10%, 5%, 2%), y de ITBIS, a personas físicas y jurídicas provedoras de bienes y servicios sobre pagos ascendente a 325 millones 175 mil 374 pesos. Esos recursos nunca fueron declarados a la DGII, según revela una auditoria del ente fiscalizador.

Al Artículo 307 de la Ley 11-92 que crea el Código Tributario Dominicano establece los siguiente:

“Quienes efectúen pagos o acrediten en cuenta rentas gravables, originadas en el trabajo personal prestado en relación de dependencia, deberán de retener e ingresar a la Administración Tributaria, en cada mes, la suma correspondiente, de conformidad con la tasa establecida en el artículo 296 de este título, en la forma en que lo establezca el Reglamento.”

La DGII advierte que ninguna entidad del Estado está exenta del pago del ITBIS en sus compras, salvo las excepciones que se establezcan específicamente por alguna ley o que administre proyectos amparados en contratos especiales con el Estado Dominicano debidamente autorizados por el Congreso Nacional, y que gocen de la exenciones del pago del ITBIS o de otros impuestos.

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