SANTO DOMINGO, RD.- Los jueces de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, ratificaron ayer el Auto de No Ha Lugar a favor de Félix Bautista Rosario, Bolívar Antonio Ventura Rodríguez, Carlos Manuel Ozoria Martínez, Soraida Antonia Abreu Martínez, José Elías Hernández García, Gricel Aracelis Soler Pimentel y Bienvenido Apolinar Bretón Mejía, quienes estaban acusados de corrupción y lavado de activos.

Tras la lectura de la sentencia, iniciada a las 2:00 de la tarde y finalizada a las 5:30 P.M., el senador Bautista al pronunciar sus primeras palabras dijo: “Agradezco a Dios por haberme acompañado durante todo este proceso”.

La Sala de la Corte de Apelación estuvo integrada por los magistrados Miriam Concepción Germán Brito, jueza presidente, Frank Euclides Soto Sánchez, Esther Elisa Angelán Casasnova, Juan Hirohito Reyes Cruz y Mariana Daneira Garcia Castillo.

El Tribunal Colegiado ratificó el Auto de No Ha Lugar que fue emitido el pasado 27 de marzo por el juez Alejandro Moscoso Segarra a favor del senador Bautista y otros seis implicados en el caso, quedando así rechazada la solicitud de revocación hecha por el Ministerio Público mediante recurso de apelación.

Al dejar abierta la audiencia, la presidenta del tribunal, Germán Brito dijo: “esta sentencia fue tomada por voto de mayoría, tres a favor, y dos, el mío disidencia parcial, y el otro, Angelán”.

La decisión sobre el recurso de apelación incoado por el procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, fue rechazado porque según los jueces: ”Entendemos que el presente recurso de apelación carece de fundamento y de base legal para sostener una variación o revocación de la decisión recurrida”.

“Hemos podido comprobar que la decisión en su conjunto no contiene ninguno de los vicios atribuibles, ya que el Juzgador hizo una correcta aplicación de la norma penal sustantiva y adjetiva, ciñéndose a las reglas del debido proceso”, apuntó.

En tal sentido la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, actuando privilegio de jurisdicción falla: “Primero admite el escrito de contestación depositado por los señores Félix Ramón Bautistas Rosario y seis personas más de manera conjunta , y através de sus respectivas defensas técnicas, en el recurso de apelación interpuesto por Francisco Domínguez Brito contra la resolución número 544-2015 dictada el 27 de marzo del 2015.”

Segundo: “Rechaza las conclusiones incidentales hecha por la parte recurrida, en cuanto a la solicitud de nulidad de las actuaciones del Ministerio Público de declarar la extinción del proceso”.

Tercero: “Rechaza dicho recurso de apelación, por las razones expuestas, en consecuencia, confirma en todas sus partes la decisión impugnada”.

Cuarta: “Rechaza la Solicitud de medidas cautelares hecha por la parte recurrente, por ser la misma improcedente, en virtud de la solución que se le dio al proceso”.

“La presente decisión fue dada con el voto disidente parcial de la magistrada Miriam Concepción Germán Brito y el voto disidente de la magistrada Esther Elisa Angelàn Casasnova”.

La presidenta del Tribunal, magistrada Germán Brito explicó que “el Ministerio Público identifica como delito base el desfalco y si examinamos los elementos constitutivos de esta infracción de acuerdo al Código Penal ellos no se configuran ni en la situación ni en las actuaciones de ninguno de los procesados; bien podría el persecutor haber utilizado como base algún otro delito que pudiese atribuírsele a los imputados”.

El voto disidente fue de la magistrada Angelan Casasnova, quien fijó su posición señalando: “No procedía declarar la nulidad de la acusación por alegada doble persecución en virtud de que no se reúnen las exigencias de la triple identidad establecida por el Tribunal Constitucional”.

El procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, condenó la decisión tras advertir que constituye un franco retroceso al combate a la corrupción administrativa y el mal uso de los fondos públicos.

“Esto da paso a la impunidad, estimulo preciso a que se siga robando, desfalcando, se enmarca en una tradición de décadas como el caso de Bahía Las Águilas, Plan Renove, Bienes Nacionales, diferentes alcaldías. Lamentablemente como ciudadano, representante del MP, expreso mi insatisfacción, posición de repulsa a una serie de decisiones que manera constante hacen prevalecer el sentimiento de impunidad, que aquí todo se puede”.

Dijo que “aunque se ha avanzado, de que vale avanzar con ciertas prácticas de transparencia, si la judicatura no cumple su deber y responsabilidad en los casos de corrupción”.

“Somos totalmente intolerantes, y hacemos un mal servicios, aquí se puede hacer cualquier cosa en perjuicio del Estado porque siempre habrá “otras fórmulas”, que siempre nos llevara a la impunidad”, agregó.

No obstante, dijo que no “bajará la guardia en los casos de corrupción”, a pesar de las “imparcialidad de los miembros de la judicatura”.

“Con mucho dolor no me merece la misma credibilidad la Suprema Corte de Justicia, no creo en su búsqueda de la verdad y creo que la han hecho mucho daño a la República Dominicana y en otros”, dijo.

Domínguez Brito reiteró “no tengo la mínima confianza, la idea es que siempre hay una excusa para no sancionar a los grandes capos del país”.

Sostuvo sin embargo, que hay que luchar y por “eso valoro los votos disidentes, tanto el de la magistrada que entendía que el caso debió ir a juicio, como el de la magistrada que dijo que somos intolerantes, y en eso estoy de acuerdo. Somos intolerantes ante este tipo de miserias que estamos viendo”.

«Con ello se desacredita el sistema de justicia y se da un mal ejemplo a la sociedad», enfatizó.

Los abogados de la barra de la defensa del senador Félix Bautista, dijeron que esperaban este fallo positivo de parte de la justicia.

Carlos Olivares dijo que se debía ratificar el Auto No Ha Lugar, por lo que quedó satisfecho por esta decisión.

Autor: Lilliam Mateo/elnuevodiario

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